- Con 44 votos, aprueba el Pleno dictamen que reforma diversas disposiciones del Código Penal reclasificando el delito de abigeato y tipificando el tráfico ilegal de ganado.
- Propuesta de la diputada Naomi Edith Gómez Santos, en coautoría con el legislador con licencia Roberto Francisco San Román Solana.
Xalapa, Ver., 02 de junio de 2026.- Por unanimidad, el Pleno de la LXVII Legislatura aprobó el dictamen que adiciona el título VII Bis, denominado Delitos contra la Producción Pecuaria, y deroga el capítulo II del título VII del Libro Segundo del Código Penal del estado, cuyo objetivo es inhibir la comisión del delito de abigeato, fortalecer su persecución penal y garantizar que las sanciones impuestas sean proporcionales al daño social que genera.
El dictamen, que registró 44 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, resultado de la iniciativa autoría de la diputada Naomi Edith Gómez Santos y del diputado con licencia Roberto Francisco San Román Solana, refiere que la tipificación de los Delitos contra la Producción Pecuaria encuentra respaldo en el derecho comparado nacional.
De esta manera, se establece que comete el delito de abigeato quien, por sí o por interpósita persona se apodere de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de aquél o darlo; disponga para sí o para otro de ganado del que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio; o sacrifique ganado sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.
Al responsable de este delito se le impondrán de seis a doce años de prisión y multa de hasta trescientas UMAs; pero si el delito involucra ganado bovino o caballar, se impondrán de seis a quince años de prisión y multa hasta de cuatrocientas UMAs.
De igual forma, se precisa que comete el delito de tráfico ilegal de ganado quien, con el propósito de obtener un beneficio indebido, encubrir el origen ilícito de animales o evadir los controles sanitarios o de movilización establecidos en la legislación aplicable, realice cualquiera de las conductas previstas por la ley.
Se impondrá pena de tres a ocho años de prisión y multa de hasta mil quinientas UMAs a quien cometa este delito. Cuando la conducta tenga por objeto encubrir el origen ilícito del ganado, facilitar su comercialización ilegal o eludir los controles sanitarios o de movilización establecidos por la autoridad, la pena se aumentará hasta en una mitad.
El documento refiere que la destitución e inhabilitación hasta por diez años será aplicable a servidores públicos que participen en la cadena delictiva relacionada con el tráfico ilegal de ganado, fortaleciendo la integridad del sistema preventivo estatal.
Posicionamientos
La diputada Dulce María Hernández Tepole señaló que cuando alguien se roba una cabeza de ganado, no solo se lleva un animal, sino el esfuerzo de mujeres y hombres que dedican su vida y trabajo al campo, y afirmó que “quien cometa este ilícito tendrá sanciones ejemplares”.
El diputado Carlos Marcelo Ruiz Sánchez destacó que la reforma reubica al abigeato y al tráfico ilegal de ganado en un nuevo título denominado Delitos contra la Producción Pecuaria, protegiendo no solo el patrimonio individual, sino también la producción pecuaria y la soberanía alimentaria.
La diputada Indira de Jesús Rosales San Román consideró necesaria la reforma para atender una problemática real que afecta al sector rural y señaló que “necesitamos que haya apoyos reales, programas que beneficien al productor y acciones concretas”.
La diputada Elizabeth Morales García subrayó que Veracruz tiene vocación ganadera y que proteger la actividad pecuaria significa resguardar los empleos y el patrimonio social.
La diputada María Elena Córdova Molina se pronunció por endurecer las penas por el delito de abigeato y garantizar que las autoridades detengan y sancionen a quienes lo cometen.
La diputada Ana Rosa Valdés Salazar destacó la importancia de trabajar en equipo para combatir el abigeato y prever el resarcimiento de los daños económicos sufridos por los ganaderos.
